Podría parecer un discurso inútil, como el del sexo de los ángeles, hablar de si la reglamentación de las relaciones entre la familia propietaria y la empresa familiar se han de denominar “protocolo familiar” o “constitución familiar”. Para dar por cerrado el tema seguiré las preferencias de Alfonso Chines (IESE, autor de la primera tesis doctoral en España sobre Protocolo Familiar. El se decanta por denominarla “Constitución Familiar” porque es una denominación más aspiracional.
Bien, en todo caso lo que el recomienda es tener bien claro que las relaciones entre familia y empresa no se pueden fundamentar en normar reflejadas en unos papeles. Y tiene toda la razón, ya que los engranajes de la relación entre dos instituciones tan contradictorias como son la empresa y la familia necesitan la lubrificación que proporciona el diálogo sincero.
Lo primero que hace falta dialogar es porqué continuar siendo familia empresaria. ¿Por qué no vender o repartir la empresa? A continuación, la familia ha de llegar a un acuerdo de cómo ve que serán las relaciones con la empresa a largo plazo, es decir, de aquí a una generación (25 años). Finalmente, deberá consensuar cuales son los valores familiares que quiere que se reflejen en la empresa. Es después de tener bien asentados estos tres pilares, misión, visión y valores, cuando tendrá sentido hablar de los temas operativos que preocupan a la familia y que hace falta regular. Serán temas de poder, economía o trabajo. Temas sobre los cuales la familia habrá de consensuar cual es la regulación concreta que quiere, porque cada familia es un mondo y lo que cada una necesita es un vestido a medida.
Para conseguir todo esto la familia empresaria ha de destinar tiempo de calidad. Y han de destinar tiempo no sólo los que trabajan en la empresa, sino también el resto de accionistas actuales y futuros. Se necesita dedicar tanto tiempo como a la planificación estratégica del negocio.
Y esta Constitución, o Protocolo, no ha de ser como las tablas de la ley que Dios dio a Moisés grabadas en piedra, sino un documento vivo que cada nueva generación familiar ha de hacer suyo. Y para esto no es suficiente una adhesión; es necesario que cada generación la rehaga en todo aquello que sea oportuno.
El fundador tal vez no necesita regular sus relaciones con la empresa, pero a medida que crece el número de propietarios, si se quiere evitar la anarquía, será cada vez más necesario tener una constitución familiar.
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