Sabeu aquell que diu que “la principal utilidad del consejo de familia es tener a la familia entretenida fuera del negocio”.
A medida que la empresa y la familia crecen aumenta el riesgo de colapso por falta de estructura. Al igual que hay que crear estructuras para la dirección (Comité de Dirección) y el gobierno (Consejo Asesor o de Administración) de la empresa, es conveniente hacerlo en la familia (asamblea y consejo de familia). Las estructuras han de ser adecuadas a las dimensiones respectivas de la empresa y de la familia; no es lo mismo facturar un millón que cien, ni ser cinco o cincuenta y cinco.
El gobierno de la empresa se puede externalizar, el de la familia no. Los órganos familiares tienen amparo legal dentro del artículo 124.2d del Reglamento del Registro Mercantil, eso no significa que sean órganos de gobierno de la empresa. Sus funciones son las que determine la familia empresaria, y “para gustos colores”.
Las competencias del Consejo de Familia pueden ser la creación y ejecución del Plan Estratégico de la Familia empresaria; explicitar la misión, visión y valores de la familia empresaria; diseñar canales de comunicación inter e intra generacionales y de información entre la familia y empresa; potenciar el capital humano, intelectual y relacional de la familia; crear una oficina familiar o la responsabilidad social corporativa de la familia.
Puede ser el responsable de transmitir a la empresa la visión de la familia en cuanto a líneas estratégicas relativas a deuda, riesgos o diversificación, entre otras. Emitir recomendaciones sobre nuevos consejeros o trabajo de familiares. Informar a la familia sobre la marcha de la empresa. Mantener actualizada la Constitución Familiar. Formación de propietarios responsables. Defender el legado. Fomentar el emprendimiento. Planificar el relevo generacional. Y hacer de pararrayos para que los conflictos familiares no afecten a la empresa, ni los empresariales a la familia.
Como todo órgano, es esencial la composición de sus integrantes. Conviene que estén representadas todas las ramas y generaciones. Una cuestión importante puede ser la presencia o no de familiares no de sangre. La figura del presidente es clave, ya que es el responsable de su funcionamiento. El funcionamiento del Consejo de Familia debe ser profesional: con orden del día, documentación previa y acta. Todos los integrantes deben manifestar sus opiniones. Pueden crearse comisiones.
La inmensa mayoría de las familias empresarias desconocen la posibilidad y utilidad del Consejo de Familia. En una de cinco integrantes puede no ser necesario, pero en una de veinticinco si conveniente.